El Nombre Artístico es un alias que utilizan personas y grupos dedicados a actividades artísticas, tales como: intérpretes, actores o actrices, pintores, escultores, grupos musicales, modelos,  DJs (disc jockeys), diseñadores o celebridades, aunque también es común, que las personas utilicen su verdadero nombre como nombre artístico.

La finalidad del nombre artístico es destacar la identidad y/o expresar un concepto, pero en el plano legal es obtener el derecho de uso exclusivo y explotación sobre esa identidad.

En México, el Instituto Nacional del Derecho de Autor INDAUTOR es la autoridad encargada de proteger esos derechos, mediante la expedición de un certificado de Reserva de Derechos de Uso Exclusivo.

El primer paso es realizar una solicitud de Dictamen Previo, que es básicamente la búsqueda del nombre artístico del solicitante en la base de datos de INDAUTOR, si en esa búsqueda no se encuentran nombres artísticos idénticos o similares, se emite un Dictamen favorable y se procede a solicitar formalmente la Reserva de Derechos.  Pero si el resultado del dictamen no es favorable, significa que existe una persona o agrupación musical que tiene un nombre similar o idéntico y que ya tienen la reserva de derechos sobre este. En la notificación en que se niega dicha Reserva, se cita el nombre artístico protegido, el titular, el número de reserva y la fecha en que dicha reserva fue concedida, así como el fundamento legal aplicable por la Ley Federal del Derecho de Autor.

Cabe destacar que en algunos casos, se puede omitir tramitar el Dictamen Previo ya que no es obligatorio, y solicitar la Reserva de Derechos directamente, pero eso lo debe evaluar el abogado según el caso, como por ejemplo, cuando el nombre artístico es muy peculiar o es un artista reconocido y con una larga trayectoria en el medio artístico.

La vigencia de la Reserva de Derechos es de 5 años, contados a partir de la expedición, y puede ser renovado por períodos sucesivos iguales, previa comprobación de uso. La renovación se puede hacer desde un mes antes o hasta un mes posterior al día de su vencimiento.

Es importante señalar que la Reserva de Derechos de Uso Exclusivo, otorga el derecho a utilizar un nombre artístico en cualquier actividad artística y no la limita a alguna actividad específica como la actuación. Es decir, una vez que se concede dicha reserva el nombre artístico se puede utilizar simultáneamente en todos los ámbitos en los que el artista incursione, tales como la actuación, la música, el modelaje o DJ como disc jockey, etc.

Una vez concedida la reserva, el nombre artístico debe ser utilizado tal y como fue otorgado, en caso contrario puede ser causal de cancelación o bien puede ser negada al momento de solicitar su renovación.

PROTECCION DE NOMBRE ARTISTICO COMO MARCA

Por otro lado, la Ley de la Propiedad Industrial permite proteger el nombre artístico de un individuo o de una agrupación musical como Marca ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial IMPI (como en prácticamente cualquier otra oficina de marca en el mundo) siempre y cuando la denominación no esté protegida previamente como marca registrada y/o una Reserva de Derechos en INDAUTOR.

Así, como lo establece la Ley de la Propiedad Industrial en su Art. 90, que establece:
No serán registrables como marca:
Fracción XIII. Los títulos de obras intelectuales, así como los títulos de publicaciones y difusiones periódicas, los personajes ficticios o simbólicos, los personajes humanos de caracterización, los nombres artísticos y las denominaciones de grupos artísticos; a menos que el titular del derecho correspondiente lo autorice expresamente

Aunque las instituciones del IMPI e INDAUTOR no dependen directamente una la otra, existen una relación estrecha entre ambas debido a la naturaleza de las creaciones que protegen.

De manera que, se pueden hacer registros paralelos o separados, aunque si se establecen prioridades, se sugiere solicitar la Reserva de Derechos primero y una vez otorgada, proteger el nombre artístico como marca.

PROTECCION INTERNACIONAL

Si el artista o agrupación musical planea darse a conocer a nivel internacional, lo más recomendable es proteger su nombre artístico de acuerdo a la legislación de cada país en donde se piensa incursionar, como por ejemplo, en el caso de Estados Unidos los nombres artísticos o stage name son protegidos como marcas. De manera que se puede empezar, por solicitar un registro internacional de acuerdo al Sistema de Madrid, con base en la marca registrada en México.

Actualmente, no existe un método específico para creación de nombres artísticos, pero existe una página de internet y una app que ofrecen consejos para crear nombres artísticos, de modo que hay que usar la imaginación y buscar ayuda si es necesario.

Finalmente, se recomienda consultar a un abogado especialista en propiedad industrial e intelectual para obtener la información correcta sobre el proceso y los costos.

El proteger legalmente el nombre artístico debe ser prioridad en las personas que se dedican a alguna actividad artística, porque es su identidad, su patrimonio,  y su activo intangible más importante, además de ser una de las herramientas más poderosas que un artista tiene para darse a conocer.

¿Porqué conformarse con tener el mismo nombre que otros artistas en el mismo ámbito y que además los espectadores te confundan? Al final, el propósito del nombre artístico es ser único, distintivo y que le gente recuerde fácilmente quienes somos.

Autora: Rocío Robles Ruiz
Legal Manager, IP Wisely, ciudad de Mexico

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